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Sobre seguros de alquileres

Protección al arrendador: seguros de alquiler

Arrendar una propiedad conlleva diversos riesgos, para minimizarlos se han diseñado los seguros de alquileres o seguros de impago, se trata de productos destinados a los propietarios de inmuebles en alquiler como pisos y casas. Los seguros de alquileres son una garantía adicional a la fianza en dinero que permite pactar entre las partes el artículo 36.5 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, conocida por sus siglas LAU.

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Los seguros de alquileres (o seguros para alquileres) son una garantía adicional a la fianza en dinero que permite pactar entre las partes el artículo 36.5 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, conocida por sus siglas LAU.

Por lo que al contar con una póliza, la empresa aseguradora brindará cobertura a los posibles impagos de la renta y de los suministros incluidos en el plan de seguros. El arrendador cuenta además con asesoramiento jurídico en caso de tener que acudir a las instancias legales para tramitar dichos impagos, el desahucio o cualquier otra garantía.

En el mercado asegurador actual, es posible encontrar una variada gama de planes de seguro de alquiler, lo que permite a los arrendadores optar por el tipo de póliza que mejor se adapte a sus necesidades y capacidad de pago. Estos planes de seguros de alquileres generalmente brindan cobertura por:

  • Impago de rentas por el número de cuotas mensuales establecidas en el contrato, generalmente hasta 12 meses.
  • Defensa jurídica del arrendador.
  • Daños materiales al inmueble ocasionados por el inquilino.
  • Asistencia en el hogar para realizar reparaciones urgentes.
  • Gastos de impago de servicios básicos como agua, gas y electricidad.
  • Gestión de deshaucio o desokupación de inquilinos morosos.
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Principales beneficios de los seguros de alquileres

Es importante saber que en España no es obligatorio contratar un seguro de alquiler al momento de arrendar un inmueble. Sin embargo, es muy recomendable, ya que como hemos mencionado brinda al arrendatario diversos beneficios, entre los principales encontramos los expuestos a continuación.

Pagos de las cuotas de alquiler garantizados hasta por 12 meses

Eliminar la posibilidad de impago de la renta es la principal garantía que brindan los seguros de alquileres, si el inquilino deja de pagar, la aseguradora se hará cargo del pago de las cuotas mensuales. Los planes de seguro de alquiler ofrecen cobertura por 6, 9 y 12 cuotas.

De esta forma se puede estar tranquilo al alquilar un piso o casa, ya que se está cubierto ante uno de los mayores riesgos, como lo es el impago de alquiler. Para muchos inquilinos los seguros de alquileres también son una solución, ya que les garantiza el pago del alquiler en momentos de contingencia como puede ser quedar sin empleo.

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Seguridad ante cualquier imprevisto

Los seguros de alquileres brindan cobertura ante diferentes imprevistos, lo cual es una gran ventaja si se le compara con el antiguo formato del aval. Por ejemplo, si el inquilino causa daños en la vivienda la empresa aseguradora se hará cargo de ellos, para que la vivienda vuelva a estar en óptimas condiciones.

Otro aspecto importante es que el arrendador dispone de asesoría legal especializada en caso de desahucio del inquilino o de cualquier acción legal relacionada con el inmueble arrendado.

Tranquilidad y comodidad

La tranquilidad y la comodidad son dos aspectos muy valorados de los seguros de alquileres, ya que al contar con una póliza el arrendatario no tiene que preocuparse por impagos o por posibles daños en la vivienda. Además cualquier trámite puede realizarlo cómodamente a través de los servicios de la empresa aseguradora.

Las empresas aseguradoras, antes de formalizar el contrato, hacen un estudio de la viabilidad del posible inquilino para determinar su nivel de solvencia y capacidad de pago, lo que brinda mayor tranquilidad al arrendatario.

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¿Quién debe contratar los seguros de alquileres?

La LAU no regula la contratación de los seguros de alquileres, por lo que las partes (arrendador e inquilino) pueden acordar lo que mejor les parezca. Sin embargo, el arrendador, como propietario del inmueble, es quien necesita estar cubierto ante posibles impagos o daños en la vivienda.

Por ello, se aconseja que el arrendador sea el tomador del seguro y se haga cargo del pago de la prima, incluso muchas empresas de seguros no aceptan que los inquilinos contraten seguros de alquiler, por considerar que actuarían frente a su propio impago de renta.

Además, si un inquilino deja de pagar el alquiler, es muy probable que también deje pagar la prima del seguro de alquiler, por lo que las garantías de la póliza quedarían temporalmente sin efecto, o incluso se podría dar la nulidad del seguro, con lo que el arrendador perdería toda la protección que brindan los seguros de alquileres.

Importante: En este sentido, para los clientes de Pisos de Aquí, disponemos de un seguro de alquiler para propietarios con excelentes condiciones. Consúltanos aquí sobre nuestro seguro de alquiler.

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