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Cerrar la puerta del patio con llave por seguridad ¿es legal?

Legalidad de cerrar patio con llave por seguridad

Es una práctica muy común en ciertas comunidades de propietarios a partir de las doce de la noche cerrar con llave la puerta del patio de la finca.

Muchas comunidades de propietarios están preocupadas de que roben tanto en la finca como en el garaje, por lo que optan por dejar cerrada a cal y canto el acceso a la comunidad, no solo por posibles actos vandálicos si no incluso evitar que las personas sin hogar se cuelen para dormir por la noche.

No es raro encontrar una persona en una esquina del patio, en el ascensor o un descansillo e incluso ante la puerta que de acceso a la terraza o deslunado comunitario.

Evidentemente, una cosa es el aspecto humanitario y otra es lo que ello puede provocar en una comunidad.

La cuestión que nos atañe es determinar si es realmente seguro y, especialmente, legal el hecho de dejar cerrada con llave durante toda la noche la puerta del patio.

Oposiciones correos, justicia, policía, guardia civil, sanidad, administrativo...

Seguridad o inseguridad

Esta medida realmente resulta insegura, además de causar molestias a todos los vecinos ya que hace inoperante la apertura a través del portero eléctrico, y obliga a estos a bajar las escaleras para abrir la puerta en caso necesario. A nivel jurídico es completamente ilegal y representa un peligro real en caso de de evacuación de emergencia, y así viene recogido en el apartado SI-3 sobre la evacuación de personas en los documentos básicos de seguridad en caso de incendio.

Viene a decir que “las puertas previstas como salida de planta o de edificio y las previstas para la evacuación de más de 50 personas serán abatibles con eje de giro vertical y su sistema de cierre, o bien no actuará mientras haya actividad en las zonas a evacuar, o bien consistirá en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación, sin tener que utilizar una llave y sin tener que actuar sobre más de un mecanismo”.

Como actuar para estar dentro de la legalidad

Dado que la comunidad de propietarios no tiene horarios y los residentes pueden ingresar en cualquier momento, la puerta de salida se debe poder abrir sin ningún tipo de cerradura (llave, contraseña, control remoto, tarjeta magnética, etc.). 

Por tanto, debemos inferir que el sistema utilizado para cerrar las puertas de salida de las comunidades vecinas debe consistir en un dispositivo que se pueda abrir fácil y rápidamente desde el interior, sin el uso de llaves ni la necesidad de operar otros mecanismos.

Estos sistemas de apertura en edificios residenciales deben cumplir la norma UNE-EN 179: 2003. 

El hecho de que pueda aprobarse en junta de propietarios el cierre con llave del acceso a la comunidad de propietarios no exime de responsabilidad a los propietarios, por lo que en caso de un accidente, incendio o necesidad de evacuación que se vea imposibilitada, será cada propietario responsable de dicha negligencia a titulo individual y no colectivo.

La alternativa legal al cierre de la llave del patio común es sencilla. Instalar un sistema de videovigilancia conectado a una central receptora o contar con vigilancia en el caso de urbanizaciones o comunidades con varios zaguanes o decantarse por un sistema de control de acceso, entre otras, son medidas que se encuadran dentro de la legalidad y no entraña riesgo alguno a nivel de responsabilidad subsidiaria hacia la comunidad y sus propietarios.

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